“Euskadi Turismo Bono” y “Euskadi Bono-Comercio / Euskadi Bono-Denda”.
El pasado día 5 de octubre de 2020 se publicaron en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) los programas “Euskadi Turismo Bono” y “Euskadi Bono-Comercio / Euskadi Bono-Denda”.
Estos programas serán gestionados por las Cámaras de Comercio de cada Territorio Histórico y tienen como objetivo estimular el consumo de bienes, productos y servicios en establecimientos de los sectores turísticos, de restauración y hostelería, y en establecimientos minoristas.
El PLAZO para adherirse a estos programas finaliza el próxima día 27 de octubre de 2020.
La SOLICITUD de adhesión se realizará a través de los siguientes enlaces:
- Bono Turismo: https://www.euskaditurismobono.eus/
- Bono Comercio: http://euskadibonodenda.eus/
A continuación os detallamos los aspectos más relevantes de estos programas:
1. “EUSKADI TURISMO BONO”
- Requisitos para adherirse: Podrán adherirse aquellos establecimientos y empresas radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco que, con independencia de que sean personas físicas o jurídicas, cumplan los siguientes requisitos:
a) Tengan como objeto preferente de su actividad el de la oferta para el consumo de bienes, productos y servicios turísticos y de hostelería y restauración en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dentro de los subsectores turísticos señalados en el artículo 10 de la presente Orden. Son cuatro los subsectores:
- Bono hostelería. Dirigido a los establecimientos calificados como «563. establecimientos de bebidas» en la clasificación de las tablas estadísticas del EUSTAT correspondientes a las ramas más características del turismo.
- Bono restauración. Dirigido a los establecimientos calificados como «561. restaurantes y puestos de comidas» en la clasificación de las tablas estadísticas del EUSTAT correspondientes a las ramas más características del turismo.
- Bono actividades de interés turístico. Dirigido a establecimientos y empresas distintas de las de restauración, hostelería y alojamiento.
- Bono Alojamiento. Dirigido a establecimientos de alojamiento
b) Sean personas autónomas, microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYME).
c) Se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
d) Se encuentren al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, en su caso.
- Cuantía:
Los bonos-descuento se emitirán por tres valores diferentes, 5, 10 y 20 euros, y se aplicarán en función del valor de compra realizada, 20, 40 y 60 euros, por las personas beneficiarias en los establecimientos y empresas adheridas al programa. Los bonos-descuento de 5 y 10 euros operarán para compras mínimas, respectivamente, de 20 y 40 euros en establecimientos y empresas de hostelería, restauración y actividades de interés turístico. El bono-descuento de 20 euros operará para compras mínimas de 60 euros en establecimientos de alojamiento.
- Límites:
1. Un límite de 2 bonos-descuento en cada establecimiento o empresa por factura.
2. Un límite máximo de 40 euros de descuento por persona usuaria, que deberá identificarse mediante DNI.
2. “EUSKADI BONO-COMERCIO / EUSKADI BONO-DENDA”.
- Requisitos:
a) Tengan como objeto preferente de su actividad el de la venta a las personas consumidoras de productos y bienes en alguno de los epígrafes del I.A.E recogidos en el Anexo I de la orden publicada.
b) Ser personas empresarias autónomas, microempresas o pequeñas empresas.
c) Se encuentren en situación regularizada con Hacienda y Seguridad Social y, en su caso, de las obligaciones de reintegro de subvenciones.
- Cuantía: Cada uno de estos “Euskadi bono-comercio” tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10€ por una compra mínima de 30€.
- Límite: Cada persona, identificada mediante DNI, podrá sumar un máximo de 4 bonos descuento. Dichos bonos-descuento podrán ser utilizados por cada persona beneficiaria en varios o en un único establecimiento