REQUERIMIENTOS POR PAGOS DELEGADOS COMPENSADOS INDEBIDAMENTE
La Tesosrería General de la Seguridad Social está remitiendo cartas a todas las empresas que hayan realizado deducciones indebidas en sus Boletines de Cotización a la Seguridad Social. Se trata de deducciones por los pagos delegados realizados a sus trabajadores durante los periodos de incapacidad temporal .
Nadie debe asustarse por la recepción de la carta. No especifica ni a qué trabajador corresponde, ni el periodo al que se refiere, ni siquiera el año en el que se realizó la deducción por el pago delegado efectuado, no obstante, en la mayoría de los casos se trata de pequeñas diferencias que tienen su razón de ser en pequeños errores a la hora de meter fechas o omisiones en envío de alguna documentación…
Lo más correcto en estos casos es ponerse en contacto con la Mutua de Accidentes de trabajo que se tenga contratado para ver a qué obedece exactamente la reclamación , analizar la procedencia del mismo y ver los pasos a seguir para el abono correspondiente en su caso.De lo contrario, existe posibilidad de impugnar tales reclamaciones ante la autoridad competente a fin de que se abrá un procedimiento contradictorio donde se analizará la procedencia o no de la reclamación.
Los motivos de que existan dichas diferencias pueden ser varios:
- Que se haya calculado de forma incorrecta la base reguladora de la prestación.
-Que se haya omitido el envio de algún parte de baja o parte de accidente.
-Que se haya recibido el parte de alta o baja una vez remitido los boletines de cotización y se hayan podido generar diferencias que luego no se han detectado.
-Que se haya remitido el parte de alta o de baja con una fecha incorrecta porque en el parte de baja o alta no se leía de forma correcta
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Es decir, en este momento, la Tesorería de la Seguridad social, está reclamando las diferencias correspondientes a los 4 años anteriores al presente ejercicio. Es más, desde el mes de abril de 2010 en el que las Mutuas adquieren la obligación de comunicar mes a mes las diferencias existentes a la Seguridad Social, la gestión de la recaudación de dichas diferencias se realizará de forma directa por parte de la Tesorería.
Dentro de este nuevo marco de actuación, las Mutuas de Accidentes ya han articulado sistemas para una comunicación puntual de las deducciones a realizar por parte de las empresas para que mes a mes se puedan ver cuales son las cantidades que se deberían deducir , y así en los supuestos en los que haya diferencias, analizarlas y solucionarlas dentro del periodo correspondiente con el fin de evitar reclamaciones ulteriores que llevan aparejados sus correspondientes recargos.